¿Qué es Queja Administrativa?
Últimas actualizaciones hace 4 años
De acuerdo al numeral 82 del artículo 201 de la Ley 30 de 31 de julio de 2000, se define de la siguiente manera:
- “Queja. Querella que se interpone ante la autoridad competente por asunto en el que se ve afectado un interés particular del quejoso o de un número plural de personas, por lo que puede ser de interés particular, de un tercero o de interés público (social), como la que se presenta por incorrecta actuación de un servidor público, por desconocimiento o reclamo de un derecho, deficiente prestación de un servicio público, entre otras. La queja no requiere de formalidad especial y debe ser absuelta en un término de treinta días, salvo las excepciones contempladas en esta Ley.”
Temas de las solicitudes
Quejas